PASO 1. Acuse y registro de agravio y/o violación a DD.HH.
Al recibir la notificación de un presunto agravio y/o violación a DD.HH. por cualquiera de los 3 métodos enlistados arriba, el equipo de Salvaguardas de WWF México lo registrará en el sistema de control interno y acusará de recibido por escrito al presunto agraviado. Con estas medidas se activa el mecanismo de resolución de presuntos agravios y/o violaciones a derechos humanos.
PASO 2. Evaluación de elegibilidad
El presunto agravio y/o violación a DD.HH. será revisado por el Senior Management Team (SMT) y el equipo de Salvaguardas de WWF México y, en un plazo no mayor a 10 días hábiles después de recibido, evaluará su elegibilidad de acuerdo con la información brindada y los criterios de elegibilidad mencionados abajo.
Si el presunto agravio y/o violación a DD.HH. se considera elegible, el equipo de Salvaguardas notificará al presunto agraviado por escrito y le notificará los pasos a seguir.
Si el presunto agravio y/o violación a DD.HH. se considera no elegible, el equipo de Salvaguardas notificará al presunto agraviado por escrito y se dará por concluido el proceso.
Criterios de elegibilidad
Sólo serán admisibles/procedentes aquellas quejas/denuncias que incluyan los siguientes elementos:
Identificación del quejoso/denunciante
Se debe incluir el nombre completo y datos de contacto (dirección de correo electrónico y/o teléfono de contacto) del denunciante.
1. Hechos
- La denuncia deberá contener una descripción precisa de los hechos y circunstancias irregulares y/o ilegales, incluyendo la identificación de las supuestas víctimas, así como de los supuestos autores de las transgresiones; y una descripción detallada de las circunstancias en las que se produjeron las supuestas faltas/violaciones.
- Tratándose de denuncias por supuestas violaciones a Derechos Humanos, se deberá incluir el derecho que el denunciante considera que ha sido negado o transgredido.
- Los hechos narrados deberán ser lógicos, probables/fiables, y necesariamente relacionados con una transgresión a la normativa interna de WWF, o bien al marco normativo vigente.
- En caso de ser pertinente, deberá incluir una descripción minuciosa de los antecedentes, motivo de la denuncia.
2. Testigos / Partícipes
- En su caso, se deberán incluir los datos de contacto de las personas involucradas, ya sea que hayan presenciado los hechos motivo de la denuncia, o hayan tenido una participación en los mismos.
3. Evidencias
- Se deberá incluir a la denuncia cualquier evidencia que compruebe el dicho del denunciante, a manera de ejemplo: declaraciones escritas de los testigos de la violación, fotos del daño ocasionado, correos electrónicos, mensajes, audios, etc.
- Estas pruebas se pueden incluir en el texto de la denuncia o adjuntarse a ella como anexo.
PASO 3. Plan de acción y calendario de investigación
En caso de que el presunto agravio y/o violación a DD.HH. sea elegible, se preparará un plan de acción y un calendario para investigar el caso y dar seguimiento al proceso.
Dependiendo del tipo de presunto agravio y/o violación a DD.HH., el presunto agravante podrá participar o no en el plan de acción. En casos de acoso laboral o sexual, corrupción o violencia, no se permitirá la participación del presunto agravante.
PASO 4. Investigación interna
Partiendo de los resultados obtenidos en la investigación interna, WWF México presentará al agraviado un borrador de plan de acción y un calendario con diferentes medidas necesarias para resolver los agravios identificados, en un máximo de 20 días hábiles después de haberse determinado la elegibilidad del caso.
Si como resultado de la investigación se concluye que no hay sustento para el presunto agravio y/o violación a DD.HH., el equipo de Salvaguardas notificará por escrito al presunto agraviado y se dará por concluido el caso.
PASO 5. Resolución del agravio y/o violación a DD.HH. y monitoreo
En los planes de acción acordados deberá establecerse un calendario de monitoreo regular del proceso hasta la resolución del agravio y/o violación a DD.HH. El equipo de Salvaguardas de WWF México coordinará el monitoreo mediante la organización de controles regulares, reuniones entre las partes afectadas y los asesores técnicos relevantes, así como comunicaciones sobre el estado de los planes de acción hasta que se completen.
Todo el personal de WWF México conoce el mecanismo de resolución de agravios y/o violaciones a DD.HH., y ha sido capacitado para su manejo. Es responsabilidad de todos los empleados de la organización identificar los riesgos en su área de trabajo, así como reportarlos y darles seguimiento con el fin de cumplir con nuestras Salvaguardas Sociales y Ambientales.
WWF México evaluará la efectividad de este proceso de resolución de agravios y/o violaciones a DD.HH. anualmente e identificará cualquier necesidad de mejora.
PASO 6. Documentación y cierre del proceso
Serán documentadas en el sistema de control interno de WWF México el caso, las medidas adoptadas, conclusiones alcanzadas, el plan de seguimiento y el calendario de ejecución. En función de las necesidades existentes, WWF México proporcionará el apoyo necesario para aclarar, evaluar y resolver los problemas planteados, incluso mediante la contratación de aportaciones de expertos externos, cuando proceda.